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La cuota de coworking como gasto deducible para autónomos y empresas

Cómo documentar una cuota de coworking con factura y NIF/CIF para que pueda tratarse como gasto de la actividad, con especial atención al IGIC en Canarias.

La cuota de coworking como gasto deducible para autónomos y empresas

El lugar donde trabajas es un gasto de tu actividad, y como tal se puede deducir. Pero no todas las opciones se deducen igual de fácil: trabajar desde casa, alquilar una oficina o pagar un abono de coworking tienen un tratamiento fiscal muy distinto para autónomos y empresas.

La cuota de coworking como gasto deducible para autónomos y empresas

Teletrabajar desde casa obliga a prorratear metros cuadrados afectos a la actividad y un porcentaje de suministros, según la Ley del IRPF: solo se deduce una parte, y hay que poder justificarla. Alquilar una oficina propia implica un contrato largo, fianza y gastos fijos aunque no la uses todos los días. Un coworking es un servicio contratado a un tercero: se deduce como cualquier otro gasto necesario de la actividad, sin prorrateos ni cálculos de metros cuadrados.

Para que el gasto sea deducible necesitas una factura a tu nombre con tu NIF o CIF, que el servicio esté vinculado a tu actividad económica y que quede registrado en tu libro de gastos o en la contabilidad de la empresa. El IGIC soportado en la factura también es deducible si estás en el régimen general. Guarda siempre la factura, no un simple recibo o ticket.

YOURSPACE COWORKING emite factura con NIF o CIF por cada abono mensual, tanto a autónomos como a empresas. Si la cuota está plenamente vinculada a la actividad y se cumplen los requisitos fiscales, puede llegar a deducirse íntegramente; como siempre en materia fiscal, confirma con tu asesoría las particularidades de tu caso antes de aplicar la deducción.