ES

Coworking con factura: cuándo puede deducirse como gasto profesional en Canarias

Guía práctica para autónomos y empresas: factura, NIF/CIF, vínculo con la actividad, registro contable e IGIC en régimen general.

Coworking con factura: cuándo puede deducirse como gasto profesional en Canarias

Una cuota de coworking puede ser un gasto profesional muy claro cuando el espacio se utiliza para trabajar, reunirse con clientes, hacer llamadas, recibir correspondencia o desarrollar una actividad económica. La clave no es decir simplemente “me conviene”, sino poder demostrar la vinculación real con la actividad.

La Agencia Tributaria resume tres condiciones básicas para considerar un gasto deducible: que esté vinculado a la actividad económica, que esté convenientemente justificado y que esté registrado en la contabilidad o en los libros obligatorios. En la práctica, eso significa factura completa, NIF o CIF correcto y una explicación razonable de por qué el servicio se usa para trabajar.

En Canarias también hay que mirar el IGIC. Si estás en régimen general y realizas operaciones con derecho a deducción, el IGIC soportado puede deducirse cuando se cumplen los requisitos formales. Si estás en un régimen especial como REPEP, o si mezclas usos profesionales y personales, el tratamiento puede cambiar.

Por eso en YOURSPACE COWORKING emitimos factura para autónomos y empresas. La cuota puede llegar a deducirse al 100% cuando está plenamente afecta a la actividad y se cumplen los requisitos fiscales, pero conviene confirmarlo siempre con tu asesoría según tu caso concreto.